Con las denominaciones de agua potable de suministro público y agua potable de uso domiciliario, se entiende la que es apta para la alimentación y uso doméstico: no deberá contener sustancias o cuerpos extraños de origen biológico, orgánico, inorgánico o radiactivo en tenores tales que la hagan peligrosa para la salud.

En cumplimiento con las normas oficiales que dictamina que el agua debe ser apta para el consumo humano y su uso, la COMAPA Camargo manda analizar de forma bimestral ( mensual en ocasiones ) muestras del agua que se suministra a la población, teniendo hasta el momento resultados positivos de acuerdo a las normas que lo rigen.

Se anexa, copias del resultado del análisis de muestras tomadas durante el mes de marzo. Estos análisis tienen que ser efectuados por un laboratorio certificado, en este caso, ubicado en Cd. Reynosa, Tam.

***imagen de muestra de referencia.